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Impulso al cumplimiento ambiental


Para aplicar dicho enfoque nos encontramos desarrollando herramientas legales como la autodenuncia y los planes de reparación.

por Jaime Lira - Diario La Tercera  30/11/2011 - 04:00
PARA LA comunidad regulada y la ciudadanía, uno de los cambios de la nueva institucionalidad ambiental que llama la atención es la creación de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y el incremento de las sanciones que aumentan en 240 veces respecto de las multas que se aplican actualmente, llegando a un máximo que supera los $ 4.500 millones, permitiendo la clausura temporal o definitiva de la empresa infractora y la consecuente revocación de la resolución de calificación ambiental. 

Sin embargo, se tiene la convicción de que la sanción no es un fin en sí mismo, sino que un medio para impulsar a los titulares a cumplir, y así proteger la salud de las personas y del medioambiente. Sin perjuicio del cambio en los montos asociados a las sanciones ambientales establecidas en la Ley 20.417, hay ocasiones en que ni la multa más alta puede reparar el daño causado. Ante ello, uno de los focos de la Superintendencia es orientar la conducta de la comunidad regulada hacia el cumplimiento. Por ello, estamos trabajando en establecer una cultura de cumplimiento a través del incentivo, y ejercicio disuasivo y consistente de su potestad sancionatoria, previniendo los incumplimientos que afecten nuestro medio ambiente. Para aplicar dicho enfoque nos encontramos desarrollando herramientas legales como la autodenuncia, los programas de cumplimiento y los planes de reparación. Estos mecanismos pueden ser utilizados por los regulados que están dispuestos a enmendar sus infracciones, así como a corregir los efectos negativos derivados de éstas, optando a un beneficio bajo ciertas condiciones. 

Así, la "autodenuncia" permite al infractor denunciarse y hacerse cargo de los efectos negativos de su incumplimiento, a cambio de que la sanción sea dejada sin efecto o se le rebaje. Por su parte, el  "programa de cumplimiento" busca una salida alternativa al procedimiento sancionatorio en base a los compromisos del infractor en acciones y plazos, para volver a un estado de cumplimiento efectivo de la normativa y los compromisos ambientales pertinentes. Por último, el "plan de reparación" permite al infractor subsanar el daño ambiental causado en la instancia administrativa, y su ejecución satisfactoria extingue la acción de reparación por daño ambiental ante los tribunales ambientales. De esta forma, los sujetos regulados que quieran hacer las cosas bien y cumplir con sus compromisos ambientales podrán hacerlo.

En el caso de que la Superintendencia aplique una sanción, será utilizada como herramienta disuasiva para promover el cumplimiento. La idea  es influir en el comportamiento del infractor y en el de "otros" para mejorar el nivel de cumplimiento a través de fuertes sanciones, donde los costos de la multa superen los beneficios de la misma. Cumpliendo con principios y estándares para asegurar que la decisión sea fundada, la respuesta de la SMA ante las infracciones será disuasiva, proporcional, transparente y en el marco de un procedimiento racional y justo. 

Para lograr estos objetivos se está desarrollando un manual de procedimiento sancionatorio y una metodología de determinación de sanciones, en particular, para el cálculo de sanciones pecuniarias.

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