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Candidatura senatorial riesgosa


La Concertación objetará la postulación de Cruz-Coke ante el Tribunal Calificador de Elecciones, por lo que apostar el destino de una candidatura senatorial a un fallo judicial que nadie puede predecir, es arriesgar mucho y no necesariamente lo más sensato.

por Axel Buchheister - 
LA ALIANZA se encuentra en búsqueda de candidatos competitivos para potenciar sus posibilidades en las elecciones parlamentarias. En la Región de Antofagasta, Renovación Nacional ha recurrido como candidato a una figura con imagen potente y cuya gestión en el Consejo de la Cultura fue muy bien evaluada: Luciano Cruz-Coke.

Pero no es tan fácil, porque existe un inconveniente: hasta hace poco tiempo ostentaba el cargo de presidente del Consejo de la Cultura con “rango de ministro”, aunque formalmente fuera sólo un “jefe de servicio”. Son estos funcionarios “jurel tipo salmón” que ha creado la ley, una figura híbrida confusa, conforme a la cual son y no son, porque tienen la mayoría de los privilegios del cargo (salvo el sueldo), pero según parece no los costos asociados. Algo muy chileno.

Conforme con la Constitución, no puede ser candidato a diputado o senador quien en el año previo a la elección haya sido ministro de Estado. Nada dice sobre figuras híbridas. La razón de ese impedimento es que el poder que confiere el cargo de ministro facilita la construcción de una plataforma electoral, sobre todo cuando se aproxima la votación. Entonces, no siendo clara la letra de la norma, si nos estamos a su razón de ser, pareciera que los funcionarios con rango de ministro quedan afectos a ella.

La Concertación objetará la postulación de Cruz-Coke ante el Tribunal Calificador de Elecciones. Contará para ello con antecedentes que no cabe menospreciar, como múltiples apariciones en la prensa en calidad de ministro, la página web del Consejo que habla de “Ministro de Cultura” a secas, asistencia a los consejos de gabinete o palabras del Presidente refiriéndose a él como ministro. También el trato que se le concedió en el Congreso, permitiéndole ingresar sin más trámite a la sala (cualquier autoridad distinta de un ministro requiere expresa anuencia). Asimismo, lo complica un precedente judicial: la Carta Fundamental indica que toda acción civil interpuesta contra un ministro de Estado por actos propios de sus funciones, requiere contar con la aprobación previa del Senado, para evitar que sean hostilizados con demandas judiciales, y recientemente se presentó una contra la ex “ministra del Sernam”, que supuestamente sólo era una jefa de servicio. El tribunal entendió que era propiamente ministra y remitió el caso al Senado para que ejerza su atribución, con lo que entonces la palabra final en este precedente la tiene la Concertación, con mayoría en el Senado.

Lo complejo es que una vez que se inscribe la candidatura, no hay vuelta atrás: si el Tricel inhabilita al candidato, no se puede reemplazar. En ese evento, la probabilidad de que el representante de la UDI -que iría solo- sea doblado, será alta, sobre todo si va por fuera el senador Cantero, como ha anunciado. La Concertación ejercería un derecho al impugnar al candidato RN, aunque no tenga mucha autoridad: con sus votos contribuyó a crear esta figura confusa y si el candidato fuera suyo, indudablemente estaría argumentando lo contrario. Porque argumentos y precedentes en sentido inverso hay, pero apostar el destino de una candidatura senatorial a un fallo judicial que nadie puede predecir, es arriesgar mucho y no necesariamente lo más sensato.

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