Debate en curso a través del espacio Cartas al Director del diario El Mercurio de Santiago
Cartas
¿Un derecho y un deber?
por Álvaro Fischer
Diario El Mercurio, Sábado 31 de Diciembre de 2011
Señor Director:
Al senador Ignacio Walker
no le parece incompatible
que el voto sea considerado
a la vez un derecho y un deber,
porque si una persona está obligada a ir a votar,
está logrando igualmente hacer aquello
que el derecho le otorgaba,
que es que no se le impida ejercer su voto
cuando se presente a sufragar.
Sin embargo, si esa misma persona,
que considera que tiene el derecho de votar,
elige no ejercerlo, la obligación de votar
le impedirá hacerlo, y así,
una parte consustancial a su derecho,
que es optar entre ejercerlo o no,
le habrá sido conculcada.
Si existe el derecho a la libre expresión,
¿no lo pierde la persona si la ley
la obliga a expresarse permanentemente
y no le permite elegir quedarse callado cuando lo desee?
Si una madre (o un padre) tiene derecho a un posnatal,
pero desea seguir trabajando y la ley lo obliga a tomárselo,
¿no perdió ese derecho acaso?
Tener el derecho a "algo"
implica necesariamente
tener la opción de ejercerlo o no.
Estar obligado a ese "algo" elimina esa opción.
Es en ese sentido que yo afirmé
que tener simultáneamente un derecho
y un deber es lógicamente inconsistente.
Cartas
Lógica
por Cristóbal Orrego
Diario El Mercurio, Lunes 02 de Enero de 2012
Señor Director:
Don Álvaro Fischer Abeliuk
tiene todo el derecho del mundo
a preferir el voto voluntario,
pero también tiene el deber (y el derecho)
de respetar las reglas de la lógica.
Él afirma que “es lógicamente inconsistente
o analíticamente imposible” sostener
que existe a la vez el derecho y el deber de votar.
Su argumento es una petición de principio:
“Por definición”, según él, se tiene derecho
si se puede “optar entre ejercerlo o no”.
Mas eso es lo que habría que probar,
su definición de “derecho”.
En realidad, la definición clásica
del derecho subjetivo es la
de “facultad moral de hacer o exigir algo”,
de manera que se puede tener la facultad
de exigir que no se nos impida cumplir un deber,
lo cual es consistente con que otros tengan también
el derecho a exigirnos que lo cumplamos.
El orden jurídico está repleto de ejemplos:
los padres deben educar a sus hijos
y tienen el derecho a hacerlo
sin interferencias de terceros;
los gobernantes tienen el deber de gobernar,
y el derecho a hacerlo sin ser obstaculizados;
los periodistas tienen el deber de informar verazmente,
y el derecho a que nadie se lo impida;
los profesionales tienen el deber
de guardar el secreto profesional,
y el derecho a que nadie
los coaccione para revelarlo.
Así también puede tenerse el deber de votar,
y el derecho a que nadie nos lo impida,
y tal era el régimen anterior en Chile:
discutible, si se quiere, pero no ilógico.
En cuanto al voto voluntario,
ya desde Aristóteles sabemos
que es un elemento del régimen oligárquico.
Que nuestros políticos
hayan accedido a introducirlo,
y algunos se arrepientan ahora,
no es más que una confirmación
de la baja calidad de nuestro discurso público,
y de cómo la demagogia es compatible con la oligarquía.
La única peculiaridad del caso chileno,
que lo hace más impredecible,
es que al mismo tiempo
se ha introducido la voluntariedad del voto,
que favorece la oligarquía,
y la ampliación de la masa votante,
que favorece inicialmente la democracia.
Cartas
Lógica
por Álvaro Fischer
Diario El Mercurio, Martes 03 de Enero de 2012
Señor Director:
Corriendo el riesgo de seguir
abusando de la paciencia de sus lectores,
contesto a la curiosa lógica de Cristóbal Orrego.
Tener el derecho
a que no se nos impida cumplir un deber,
sobre lo que da abundantes ejemplos,
no es lo que se discute.
No se trata de establecer
si en el caso de que el voto
sea obligatorio (un deber),
las personas tienen o no
el derecho a exigir
que se les permita hacerlo.
En ese caso, no es el derecho a voto
lo que está en juego, es la capacidad
para cumplir con la obligación
la que se procura garantizar,
para que el titular de ella
no pueda invocar
como causa de no cumplirla
el que se le haya impedido hacerlo.
Muy distinto es establecer
si tener "derecho" a voto (voto voluntario)
es compatible con tener
el "deber" de votar (voto obligatorio).
Hay un solo caso
en que "derecho" a voto
y "deber" de votar
dan lugar al mismo comportamiento:
ello ocurre cuando la persona
que tiene ese derecho
decide ejercerlo
y concurre a sufragar,
pues si esa misma persona
hubiese tenido la obligación de votar,
también hubiese concurrido a sufragar.
Pero claramente la disposición intencional
es muy distinta en ambos casos,
y por eso el lenguaje distingue
ambos vocablos, derecho y deber.
En cambio, en el caso
en el que el ciudadano
con "derecho" a voto
decide no votar, incurre
en una conducta incompatible
con el "deber" de votar.
Del mismo modo,
tener derecho a huelga
implica necesariamente,
y no por petición de principio,
elegir la ocasión para ejercerlo.
Si cada vez que
hay una negociación colectiva
el sindicato tiene la "obligación"
de declarar la huelga,
se le acabó su derecho,
porque la gracia de ese derecho
es utilizarlo cuando al sindicato
le parezca pertinente o útil hacerlo.
Por algo la definición clásica
a la que alude Orrego
indica que derecho
es la facultad para hacer o exigir algo,
y en el uso del vocablo "facultad"
subyace la opción del titular para utilizarla o no.
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