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El desamparo de las víctimas del terrorismo‏

SERGIO MORALES, DIARIO LA TERCERA, JUEVES 11 DE SEPTIEMBRE DE 2014HTTP://VOCES.LATERCERA.COM/2014/09/11/SERGIO-MORALES/TERRORISMO-Y-SUS-VICTIMAS/



Terrorismo y sus víctimas


La discusión en torno a las modificaciones a la legislación antiterrorista tiene un importante componente técnico, es cierto. Ello se puede observar, entre otras cosas, en la definición del delito terrorista y la flexibilización de algunas reglas procesales que se entienden incorporadas dentro de la garantía del debido proceso. De este modo, hay quienes plantean que ésta debería derogarse y sólo establecer algunas circunstancias agravantes de responsabilidad penal; otros plantean la eliminación de requisitos subjetivos adicionales; y otros, la limitación del delito a organizaciones terroristas. También hay quienes lo circunscriben a la afectación de bienes jurídicos personalísimos.
La discusión jurídica da para largos debates. Sin embargo, es importante atender a un tema de vital importancia: el estatuto de protección y reparación de víctimas de delitos terroristas.
Frente a los últimos hechos ocurridos en el Metro de Santiago, cabe preguntarse acerca de quién se hace cargo del daño sufrido por las víctimas.
En la actualidad, algunos de estos casos dependen de la buena voluntad de la autoridad y otros -los más- deben ser soportados directamente por los mismos perjudicados, lo que se debe en gran parte a que en muchos casos no es posible identificar a los autores, y en otros, su insolvencia hace imposible ejecutar sentencias de condena firmes.
Así, se hace necesario avanzar en un estatuto especial para este tipo de víctimas, donde el Estado, como garante principal de la seguridad interior y el orden público en el país, asuma la reparación de las víctimas a través de indemnizaciones directas y por medio de programas de salud, reubicación, seguridad y otros, cuestión que sí ocurre en legislación comparada.
Por ejemplo, la legislación española contempla medidas específicas dirigidas a atender a las víctimas del terrorismo, que disfrutan de un régimen de indemnización específico al margen de la legislación general, contemplando además programas de ayuda a personas amenazadas, ayuda por incapacidades y a las familias en caso de fallecimiento por medio del traslado de localidad, gastos de escolarización, etc.
No es posible dejar a las víctimas directas de estos delitos en el desamparo, sino que es necesario que se asuman políticas reales de reparación por los daños sufridos, para lo cual no basta con una mera reforma formal a la ley sobre delitos terroristas, sino que además debe ir por generar de manera integral y coordinada políticas eficientes sobre seguridad nacional, fortalecer, y en algunos casos, rediseñar instituciones incumbentes como el Ministerio Público y la Agencia Nacional de Inteligencia, revisar la ley sobre control de armas, capacitación de profesionales especializados, y otros, todo lo cual repercutirá directamente en investigaciones de mejor calidad que permitan poner un freno definitivo a este tipo de actos y restablecer la paz social.

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