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La Haya – Mar de Grau – Qwerty*.


Enero 28 , 2014


El fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) resultó una caja de sorpresas: Acogió todas las tesis chilenas: que existía un límite marítimo entre Chile y Perú reconocido por ambas partes; que dicho límite se originaba en el Hito N° 1 de la frontera terrestre y que dicho límite marítimo corría por el paralelo geográfico que pasa por sobre dicho Hito N° 1. En breve, Chile tenía razón en todo su planteamiento. Los peruanos que por sus propias razones esperaban una derrota moral para Chile, no encontraron satisfacción. Habíamos actuado de buena fe y con transparencia. Más aun, teníamos razón.
Peor, un hito de la diplomacia de la zancadilla como el muy mentado memorándum Bakula, resultó ser una anécdota intrascendente; la reiterada pillería de los diplomáticos peruanos de plantear una situación conflictiva  al momento de retirarse de una reunión -por cualquier otro motivo- con un par chileno, solo satisfizo su ego. Sus alambicadas creaciones cartográficas y la creatividad de su conspicuo Ministerio de Relaciones Exteriores (Torre Tagle) fueron duramente desmentidas y disectadas por una lógica jurídica implacable. Lo que Perú recibió no fue el producto de la destreza de Torre Tagle sino de la magnanimidad de la Corte. Un regalo.
Pero el fallo también sorprendió a Chile. Nuestro país fue a una corte de derecho y su caso fue fallado según criterios de equidad: satisfacer al desvalido que siempre tiene una nueva pedida. Más allá del juicio que nos merezca el fallo de la CIJ, los chilenos fuimos a ella en cumplimiento de un compromiso libremente adquirido –el Pacto de Bogotá- nos sometimos a su jurisdicción y ahora sólo nos resta cumplir el fallo, como país formal y respetable que somos. Sin embargo, esta experiencia nos señala que la CIJ en sus fallos incluye criterios discrecionales –la equidad es un juicio moral o ético y por lo mismo subjetivo- que deja nuestros intereses nacionales entregados a su criterio y expuesto a su propia delimitación de competencias. En esa condición es mucho más válido recurrir al arbitraje u otro sistema de solución de controversias adecuado para cada caso, que siendo igualmente discrecionales, las partes puedan intervenir en la determinación de su composición, procedimientos y límites a su potestad. 
 Tan pronto como se leyó el fallo, las autoridades peruanas hicieron declaraciones cuyo propósito y exactitud merece análisis. El Presidente Humala se expidió sobre la naturaleza de las aguas entregadas por el fallo a Perú, señalándola como lugar donde su país ejercería “soberanía”. Aquí hay un error. El párrafo 178 de la sentencia dice “El agente peruano declaró, en nombre de su gobierno, que “el concepto de Dominio Marítimo” usado en la Constitución peruana es aplicado de forma consistente con las zonas marítimas definidas en la Convención de 1982. La Corte toma nota de que esta declaración expresa una adopción formal (de este concepto) por parte del Perú”.
Debemos recordar que la Constitución peruana establece que el Dominio Marítimo del Perú comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo hasta la distancia de 200 millas marinas (Art. 54º), y declara que “ejercerá dicho control y protección … en una zona comprendida entre esas costas y una línea imaginaria paralela a ella y trazada sobre el mar a una distancia de doscientas (200) millas marinas, medida siguiendo la línea de las paralelas geográficas, es decir la da tratamiento de “mar territorial". Mediante Ley No. 23856 del 24 de mayo de 1984 el dominio marítimo del Perú pasó a denominarse “Mar de Grau”.
Durante este pleito, Perú ha declarado formalmente que para toda interpretación legal, ha renunciado a su pretensión de la “territorialidad” y acepta la figura de la Zona Económica Exclusiva de acuerdo a lo establecido en la Convención de 1982. Es decir, reconoce que sólo tiene derechos económicos sobre dichas aguas y que respeta la libre navegación y sobrevuelo a las naves y aeronaves de todas las banderas. En breve, Perú no ejerce “soberanía” ni sobre los territorios marítimos recientemente otorgados por la CIJ ni sobre el ex – Mar de Grau. 
No está claro si Torre Tagle consideró o explicó a sus conciudadanos este importante asunto, que toca a su Constitución.
Los alcances de este fallo, por lo tanto van mucho más allá de agregar algo de Zona Económica Exclusiva al mar peruano, sino que afectan a la condición jurídica de la totalidad de dicho espacio marítimo, que de un golpe, ha cambiado drásticamente de categoría. Si esto es ganancia o pérdida para Perú es debatible, pero está claro que lo que Perú entendía por Mar de Grau ha dejado de existir.
Sin perjuicio de lo señalado, varias autoridades menores y muchos periodistas y comunicadores peruanos están intentando no solo desconocer el compromiso adquirido por su país, sino extender el criterio de “territorialidad” a su reciente adquisición territorial marítima. Este es el efecto qwerty, que dice que una vez que una idea se masifica, aunque sea mala y errónea, tiende a mantenerse inalterada, por mucho que se explique que es falsa. Chile está alerta sobre esta nueva muestra de creatividad. Es de esperar que nadie en Perú trate de ir más allá de lo prudente. Es hora de actuar como adultos.

Otro asunto interesante es el del triángulo comprendido entre el Hito N°1, origen de la frontera marítima y la frontera terrestre entre ambos países; el punto de corte entre el paralelo que configura el límite marítimo binacional y el borde costero y el punto 266 (Concordia para Perú) que señalaría el punto en que el semicírculo que determina el comienzo de la frontera terrestre, corta la línea de la alta marea. Este pequeño espacio de sólo 3,7 hectáreas parece haber concentrado toda la pasión de los que quedaron frustrados con el reconocimiento de las tres tesis chilenas por parte de la CIJ. Esto es una gran lástima pues representa  transformar algo muy menor en un conflicto. La única explicación plausible de esta obcecación sería que el valor de ese pequeño territorio daría la posibilidad de conseguir el tan anhelado triunfo moral sobre Chile.
Personalmente, si estuviera a mi alcance, se lo regalaría a Perú como una muestra de comportamiento adulto y alma grande. Ese pequeño lunar ya ha suscitado al menos un intento de provocación, recordemos la “marcha de los reservistas” de Humala cuando aun no era presidente. La creatividad de nuestros vecinos podría reeditarla con los mismos eternos reservistas o con el “pueblo” y crear una situación conflictiva de mal pronóstico. La emboscada política ha probado ser un arma lícita al menos para Alan García y su gobierno, por nombrar un ejemplo cercano.
Parece haber llegado el momento de que algunos círculos peruanos cesen en sus provocaciones. Todo tiene su límite. Calma y parsimonia no significan impotencia y si alguien está pensando en reeditar a García y burlarse nuevamente de Bachelet, creo que comete un grave error, tal vez irreparable.
El castillo de naipes se derrumbó y la Corte descartó por completo la entelequia. Es hora de hablar en serio. No más “engañamuchachos”, como dicen el Lima.


*: El teclado QWERTY es la distribución de teclado más común. Fue diseñado y patentado por Christopher Sholes en 1868 y vendido a Remington en 1873. Su nombre proviene de las primeras seis letras de su fila superior de teclas.

La distribución QWERTY se diseñó con el propósito de lograr que las personas escribieran más rápido distribuyendo las letras de tal forma que se puedan usar las dos manos para escribir la mayoría de las palabras.
En este teclado, según la técnica de mecanografía más difundida, en posición de reposo, cuatro dedos de cada mano se colocan sobre la fila central de teclas. Para poder encontrar esta posición sin tener que mirar el teclado, las teclas correspondientes a los dedos índice de cada mano (F y J) suelen tener algún rasgo distintivo al tacto....


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