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Discurso y nueva Constitución

RODRIGO DELAVEAU, 
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Discurso y nueva Constitución

La Presidente ha confirmado que en septiembre se iniciará lo que se ha denominado proceso constituyente. Si bien fue mencionado brevemente -dentro de muchas otros aspectos y no hubo mayores precisiones en cuanto a su contenido-, el mensaje enviado dejó claro que se trataría de un camino que contempla dos variables: oír  a la ciudadanía -o al menos que ésta tendría una participación “incidente”-, y que ello se encauzaría dentro de la institucionalidad.
A diferencia del anuncio anterior, las reacciones en la coalición de Gobierno han sido más convergentes: los partidarios de la asamblea constituyente (AC) han hecho la pérdida en cuanto a que la mención de cualquier elemento institucional en el proceso constituyente (PC) pulveriza al primero, o al menos lo divide (AC/PC), evolucionando esa posición hacia una participación ciudadana que permita oír a la ciudadanía en sus demandas, pero que les permita pronunciarse sobre un proyecto concreto al final del proceso, lo que pareciera abrir espacios para un plebiscito ratificatorio, como planteáramos en una columna anterior.
El otro sector de la coalición gobernante ha afirmado que las palabras de la Presidenta ratifican que la asamblea constituyente “no va”, ya que ello sería contradictorio con la primera parte del discurso, relativo a que frente a las demandas sociales, Chile tiene la institucionalidad necesaria para enfrentarlas, y lo que corresponde en una democracia representativa son que los elegidos democráticamente en un Congreso Nacional, materialicen o concreticen estos cambios, ya sea en el Parlamento actual o el futuro elegido mediante el nuevo sistema electoral.
Con lo anterior, la Presidenta ha zanjado de algún modo estas posiciones dentro de su sector, basada en una premisa básica  mencionada en su discurso, que consiste en que la legitimidad de una Constitución puede ser tan importante como su contenido. Así, no puede exponerse la génesis de una nueva Carta Fundamental a cuestionamientos generados de una idea controversial y ciertamente no consolidada, como es la asamblea constituyente, y que mañana sea por -esta misma razón- vulnerable a las críticas que precisamente se hacen contra la Constitución vigente.
Sin embargo, no sólo el mecanismo de reforma constitucional y legitimidad del mismo constituyen la única fuente de incertidumbre al interior de la administración, sino también en cuanto a su contenido. El Gobierno deberá igualmente resolver los incordios entre implementar programas sociales que protegen la infancia desde la gestación hasta los cuatro años, y establecer causales de interrupción del embarazo; o entre promover la descentralización administrativa, y la recentralización de la educación pública, entre otros.
Pero lo que termina siendo más sorprendente es el listado de reformas y transformaciones materializadas, en ejecución y anunciadas, en diversas áreas como la educación, salud, inclusión social, étnica o de género, sindicales y tributarias, todas ellas de acento progresista o socialdemócrata, las que paradójicamente han sido materializadas, ejecutadas y anunciadas mediante la aprobación de las mayorías expresadas, y avaladas por el Tribunal Constitucional en el último tiempo, todo ello en un marco constitucional al que no hemos necesitado modificar sustancialmente desde el 2005. Acá es donde nace la inquietud sobre si las sociedades deben “culminar” o “comenzar” en sus Constituciones.

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