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Nadie tiene derecho a adoptar. Los niños tienen el derecho a ser adoptados. Ellos no son cosas. No son medios. Son personas‏


ÁLVARO FERRER, DIARIO LA TERCERA, JUEVES 5 DE JUNIO DE 2014HTTP://VOCES.LATERCERA.COM/2014/06/05/ALVARO-FERRER/ADOPCION-POR-PARTE-DE-PAREJAS-HOMOSEXUALES/1942849

Adopción por parte de parejas homosexuales


La agenda legislativa del Gobierno copa los medios. Vamos ahora con la adopción por parte de parejas homosexuales. Al respecto, comparto algunos principios para una discusión “madura”, según se predica…:
Lo primero: nadie tiene derecho a adoptar. Ni heterosexuales ni homosexuales. El derecho es de los niños a ser adoptados. Ellos no son cosas. No son medios. Son personas. Es, por tanto, su interés superior el que debe primar y no los deseos de los adultos, pues los niños no son moneda de cambio para avanzar una agenda, ni un premio para satisfacer anhelos, ni un costo a asumir para lograr la reivindicación social que sea.
Segundo, el interés superior del niño no es cualquier cosa.Se dice que no puede establecerse en abstracto sino que debe juzgarse en concreto. Conforme, siempre que se ponderen prudentemente las circunstancias. Pero la evaluación siempre se realiza a la luz de algún principio, pues todo lo que se mide se mide según alguna unidad de medida: el interés superior del niño se juzga en concreto ciertamente, pero según principios o estándares que trascienden esas circunstancias. Siempre, sin excepción, existe un modelo o analogado principal desde el cual se mira la realidad contingente y hacia el cual se procura dirigir la decisión. La honestidad obliga a poner tales modelos sobre la mesa. Y la cuestión de fondo es reconocer si el derecho de los niños se satisface con cualquier modelo de familia, o si hay vínculo intrínseco y prioritario con alguno. Por ello, sostener ex ante que el interés de los hijos no se inclina ni por los homosexuales ni por los heterosexuales y que todo depende de la contingencia es una grotesca petición de principio.
Tercero, dado que el derecho en cuestión es de los niños, es necesario discutir seriamente si, como se asume por los interesados, la orientación y opción sexual de los padres es irrelevante respecto de su idoneidad para criar y educar a sus hijos. Si en serio prima el interés superior del niño no han de existir temas vedados ni esferas de la vida inmunes de consideración. Luego, abanderarse en la “no discriminación” pretendiendo que la práctica homosexual no pueda ser considerada en la determinación prudencial del interés superior de los niños es, sencillamente, una patudez (que demuestra quién se subordina a qué…).
Cuarto, considerando el mal que padecen estos niños reconocemos el bien que por naturaleza les corresponde -una familia- y, así, lo que en justicia les debe ser dado. Y puesto que no hay auténtico bien ni perfección humana sin virtud, luego el interés superior del niño requiere preferir siempre aquella familia en la cual la práctica y cultivo de la virtud sea más favorable y posible, es decir, aquella que más se asemeje al analogado principal. Salvo seamos completamente materialistas –y egoístas-, corresponde entonces discutir también si la convivencia homosexual es el modelo propicio para cumplir ese requisito.
Discutamos entonces y con cuidado, pues el Gobierno ha dado signos de que los derechos de los niños, desde su vida hasta su desarrollo integral, se subordinan al “programa”, el cual predica que somos todos iguales, pero que claramente considera a algunos más iguales que otros.

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