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Admisión a la comunión


Señor Director:

El artículo del R.P. Jorge Costadoat, S.J. ("Comunión para divorciados vueltos a casar", viernes 13 de febrero), aborda un tema complejo y doloroso. Nadie ignora los sufrimientos de las personas que están en esa situación ni tampoco los de tantas mujeres abandonadas por sus maridos, así como los de sus hijos.

La Iglesia puede modificar normas disciplinares, pero no tiene autoridad para cambiar lo que el mismo Señor Jesús ha establecido. Es extraño que en el texto del P. Costadoat no aparezca ninguna mención explícita del adulterio, situación claramente descrita por Jesús en Mt 19, 9; Mc 10, 11s; Lc 16, 18, y repetidamente mencionada por San Pablo en los varios catálogos de pecados incompatibles con la condición cristiana señalados en sus cartas.

¿Tiene presente el P. Costadoat la enseñanza del Concilio de Trento que define el arrepentimiento como "dolor del alma y detestación del pecado cometido, unido al propósito de no volver a cometerlo"? ¿Olvida el P. Costadoat la clara enseñanza del Catecismo de la Iglesia Católica en sus nn. 1648 al 1651, aprobado con alto compromiso de su autoridad apostólica, por el Papa San Juan Pablo II?

Es cierto que la mentalidad reinante, en que nada parece ser estable y definitivo, plantea interrogantes acerca de la validez de algunos matrimonios contraídos ante la Iglesia y ese tema debe estudiarse. Pero sería un criterio pastoralmente muy negativo, además de doctrinalmente inaceptable, el de dar a personas que viven en pecado grave la impresión de que su situación es buena, o por lo menos aceptable, y que por lo tanto pueden recibir con tranquilidad de conciencia el Cuerpo y la Sangre del Señor.

Recibir la Comunión en estado de pecado es un gravísimo pecado de sacrilegio, mencionado ya por San Pablo en 1 Cor 11, 27-29. En momentos de confusión es preciso adherir firmemente a la verdad, aunque ella comporte abrazar la cruz de Cristo. Caridad sí, siempre; pero nunca a expensas de la verdad.

Cardenal Jorge A. Medina Estévez

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