Serenidad...aunque falta todavía el fallo...‏



Tribuna 
Diario El Mercurio, Lunes 24 de Diciembre de 2012
http://blogs.elmercurio.com/columnasycartas/2012/12/24/la-haya-la-calma-despues-de-la.asp 

La Haya: La calma después de la tempestad

Hernán Larraín F. 
Senador
Antes del inicio de la fase oral en La Haya, una tensa inquietud reinaba en Chile. El país recién tomaba conciencia de que enfrentaba un juicio y de que éste podía traer consecuencias negativas en la delimitación marítima con el Perú.
El fallo del pleito entre Colombia y Nicaragua contribuyó a enrarecer el ambiente. Colombia reaccionaba en forma destemplada ante un fallo adverso, luego de actuar siempre con la seguridad de quien iba a ganar. ¿Podría pasarle algo similar a Chile? El Presidente Piñera, conocido este veredicto, admitió estar "preocupado".
Terminados los alegatos de Chile y Perú, el ánimo actual es muy diferente. Los fantasmas de la víspera se han esfumado. Existen razones para ello.
La artillería legal peruana concentró sus fuegos en los convenios de 1952 y 1954, los que definió como modestos acuerdos pesqueros, provisorios y limitados, que sólo en virtud de una "misteriosa alquimia chilena" se habían convertido en tratados de delimitación marítima. Sin fundamento jurídico la posición de nuestro país, argumentaban que no había frontera en el mar y correspondía fijarla ahora bajo los criterios del moderno derecho del mar que establece que los límites se determinan en forma equidistante a la zona terrestre circundante.
Los esfuerzos de nuestros vecinos encontraron obstáculos insalvables en sus propias palabras. Tal vez el hecho más sorpresivo fue el reconocimiento ante el tribunal de que esos modestos acuerdos del 52 y 54 ¡eran tratados! Lo que nunca habían aceptado, al concluir su réplica, terminaron por admitirlo. Con esta declaración, el proceso tomó un nuevo giro. Por ser tratados, éstos obligan en todo su contenido de acuerdo a las normas de interpretación establecidas en el derecho de los tratados que Perú acepta. En tal hipótesis, los acuerdos de los cincuenta no sólo constituyen convenios pesqueros, sino que definen una línea clara y precisa por donde corre el límite que divide las aguas soberanas de cada país: el paralelo 18° 21'03''. No había posicionador satelital en la época, pero todos sabían la ubicación exacta del paralelo en cuestión, con más certeza que un GPS.
Pacta sunt servanda estipula el derecho internacional público: los tratados obligan a sus partes en todo lo que ellos establecen. No había reconocimiento en ese tiempo, a nivel mundial, de la soberanía económica exclusiva de las 200 millas marinas fijadas por esos acuerdos, pero para Chile, Perú y Ecuador ello se convirtió en norma imperativa, válida ante el ordenamiento jurídico internacional que reconoce a los tratados como fuente de derechos y obligaciones para los Estados signatarios. Ello incluye al paralelo como eje delimitador.
Este giro ya era definitivo, pero hubo más. Los esfuerzos peruanos fueron múltiples durante el proceso, salvo en un asunto. No pudieron demostrar -y casi no lo intentaron- por qué el Perú durante largas décadas admitió sin reclamo alguno el dominio total de Chile en las aguas al sur del paralelo. ¿Será verosímil la declaración del agente peruano Allan Wagner, que ello se debió a su interés de no proferir gestos "inamistosos" hacia Chile? Ciertamente, la Armada peruana no iba a patrullar la zona al norte del paralelo sólo por cuestiones de amistad. Lo hizo siempre porque tenía la convicción de que sólo al norte de esa línea eran aguas peruanas.
La amnesia del Perú respecto de lo ocurrido desde 1952 en adelante en la zona en cuestión no tiene justificación alguna: no hubo entonces cuestionamiento alguno del ejercicio soberano chileno en esas aguas, ni ahora explicación razonable que demuestre por qué el Perú actuó así.
Por ello se explica que los alegatos peruanos de cierre modificaran su estrategia y se concentraran en dos puntos: la equidad y el triángulo externo.
Sin embargo, quien reclama algo fundado sólo en razones de equidad lo hace en verdad porque no tiene derechos que exigir, y los tribunales son para administrar justicia, no para otros afanes.
Por otra parte, la excesiva importancia conferida a última hora por Perú al "triángulo externo" despierta sospechas. En efecto, si se validara la tesis peruana, no sería necesario pedir la zona comprendida en dicho triangulo exterior, puesto que ella estaría incluida en este nuevo deslinde marítimo. ¡Sólo es posible pedir el triángulo si hay paralelo! El énfasis peruano en una petición subsidiaria se explica porque abrigan dudas respecto del futuro de su petición principal.
Al terminar los alegatos cambiaron los roles, ahora es el Presidente Humala quien queda "preocupado". Chile respira profundo, con la calma que le asiste a quien ha actuado de buena fe, fundado en sólidos antecedentes históricos y jurídicos.

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