Versión de la Justicia Chilena en relación a Caperucita y el Lobo
de acuerdo a las 'mejoras' del proyecto de la reforma Procesal Penal.
Visto y considerando:
1) Que Caperucita no desconocía que podía encontrarse con el Lobo, y no eludió el riesgo pudiendo hacerlo. 2) Que tampoco era ajena al hambre del Lobo, ni a los peligros del bosque. 3) Que si le hubiera ofrecido la cesta de la merienda para que el Lobo calme su hambre, no habrían ocurrido los sucesos referidos más arriba, lo que demuestra una total falta de conciencia social por parte de la supuesta víctima. 4) Que el Lobo no ataca a Caperucita de inmediato, y que hay evidencias que primero conversa con ella. 5) Que es Caperucita quien da pistas al Lobo y le señala el camino de la casa de la abuelita ... 6) Que la anciana es inimputable ya que confunde a su nieta con el Lobo. 7) Que cuando Caperucita llega y el Lobo está en la cama con la ropa de la abuela, Caperucita no se alarma, más bien pareciera haber desarrollado una conducta de seducción hacia la indefensa fiera.
8) Que el hecho de que Caperucita confunda al Lobo con la abuelita demuestra lo poco que iba a visitarla, hecho que tipificaría un abandono de persona por parte de la joven Caperucita, situación que se instruye al Sr. Fiscal para que investigue a fondo.
9) Que el Lobo, con preguntas simples y directas, quiere desesperadamente alertar a Caperucita sobre su posible conducta, lo que demuestra su ánimo de rehuir la conducta delictiva por la que se le acusa..
10) Que cuando el Lobo, que ya no sabe qué más hacer para alertarla, se come a Caperucita, es porque ya no le quedaba otra solución. 11) Que es altamente posible que antes Caperucita hiciera el amor con el Lobo y lo disfrutara. 12) Que la versión de que Caperucita, cuando oye la pregunta del Lobo:
- «¿Adónde vas?»- responde:
- «A bañarme desnuda en el río..», según testimonio de la ardilla que dice que le confesó el sapo antes de fallecer, cobra cada día más fuerza-
13) Que se desprende del punto anterior que es Caperucita con su conducta libidinosa, la que provoca los más bajos instintos, brutales y depredadores, en la pobre fiera. 14) Que el Lobo ataca, pero tal hecho corresponde a su propia naturaleza y a su instinto natural y animal, exacerbados por la conducta provocadora e irresponsable de la susodicha Caperucita 15) Que párrafo aparte para la madre de Caperucita, quien exhibe culpabilidad por no acompañar a su hija. Por todo lo antes dicho, se revoca el fallo de Cámara, absolviéndose al Señor Lobo y se dispone además: a) Apercibir a la familia de Caperucita, imponiendo a la abuela presentarse en el hospital a designar, para su observación gerontológica, b) A la madre condenarla al pago de las costas y honorarios correspondientes derivados del presente juicio c) A la familia de Caperucita a pagar la suma de $ 10.000.000 en concepto de indemnización al señor Lobo, cuyo honor se ha visto mancillado por las injuriosas imputaciones vertidas en este juicio por la parte acusadora Por ello aclárase asimismo en el presente fallo que este proceso no afecta el buen nombre y honor del Señor Lobo y que este juzgado agradece el apoyo de la Agrupación de D.D.H.H. a favor del señor Lobo. Publíquese, archívese, y téngase por firme el presente fallo...
N de la R: el lobo atacó a Caperucita porque era un excluido del sistema por bajos recursos económicos. Debe tramitársele ahora mismo una pensión estatal acorde a su dignidad de ciudadano honorable.
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Cualquier coincidencia o similitud entre este caso y nuestro sistema judicial es responsabilidad exclusiva de quien hace las inferencias del caso.
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